| CONSTITUCIÓN DE COMUNIDADES |
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Libro de Actas: Existen dos tipos de libros de actas (clásico o encuadernado e informatizado), que depositaremos en el Registro de la Propiedad donde se encuentre inscrita la finca con la autorización del presidente.
Seguros: La comunidad de propietarios está obligada a contratar dos seguros (de responsabilidad básico e Incendios).
Identificación Fiscal: Se obtiene mediante la escritura de División Horizontal del inmueble junto con el nombramiento y la fotocopia del D.N.I. del Presidente.
Debido a la gran variedad y multitud de nuevas construcciones (urbanizaciones, edificios, complejos, etc.), existen dificultades burocráticas a la hora de constituir una comunidad de viviendas. En FINANPARTNER C.B. realizaremos esta tarea de forma cómoda y sencilla:
- Convocando una reunión para la constitución de la comunidad y la autorización de firmas. Asistiendo al nombramiento del cargo de Presidente y demás cargos.
- Compra del libro de actas e inicio de los trámites del mismo, realizando su presentación en el Registro de la Propiedad.
- Solicitud del C.I.F. de la comunidad en Hacienda, junto con el libro de actas con el nombramiento del Presidente.
- Aperturando una cuenta bancaria a nombre de la comunidad.
Para solicitar más información rellene nuestro formulario. En breve nos pondremos en contacto con usted.